Centros para Extranjeros

La normativa española prevee de la existencia de centros donde permanecen, privados temporalmente de libertad, las personas inmigrantes en tanto se resuelve el procedimiento sancionador. Estos Centros de Extranjeros aparecen de cuando en cuando en los medios de comunicación. Estalla la noticia, se convierten en centro del interés informativo durante un par de días y después vuelven a ser ignorados. Muchas veces ni tan siquiera nos da tiempo a preguntarnos qué son exactamente y qué impacto tienen en la vida de las personas allí internadas. A continuación explicamos los diferentes tipos de Centros de Extranjeros y las especificidades de cada uno.

  1. ¿Qué son los CETI?

Los Centros de Estancia Temporal para Inmigrantes situados en Ceuta y Melilla, son establecimientos de la Administración Pública concebidos como dispositivos de primera acogida provisional de las personas que normalmente saltan la valla procedentes de África. Mientras se realizan los trámites de identificación y chequeo médico previos a cualquier decisión sobre el recurso más adecuado en función de su situación administrativa en España, los migrantes son ingresados en ellos, en régimen semiabierto, por un periodo máximo de 6 meses.

  1. ¿Qué son los CIE?

Los Centros de Internamiento de Extranjeros son establecimientos públicos donde se retiene de manera cautelar y preventiva a extranjeros sometidos a expediente de expulsión del territorio nacional. Estos emplazamientos no son instituciones de carácter penitenciario. Carecer de documentación es una falta administrativa, por eso no se consideran formalmente ‘centros de detención’, sino ‘centros de internamiento’. Sin embargo, a diferencia de los CETI, su régimen es de total privación del derecho ambulatorio, por un periodo máximo de 60 días en el caso español, aunque en algunos países pueden estar encerrados hasta 18 meses. En Europa existen 393 centros de internamiento. En España hay 8 con una capacidad de 2.572 plazas, y en los que cada mes son encerradas 1.000 personas, según las estimaciones que manejan las ONG.

  1. ¿Qué son las salas de inadmisión?

Las salas de inadmitidos se hallan en los aeropuertos y las zonas fronterizas. El recién aprobado reglamento de funcionamiento y régimen interior de los CIE, de marzo de 2014, los ha dejado sin regulación, por lo que siguen considerados como limbos legales. Los internos tienen incluso menos derechos y garantías, y las instalaciones son diferentes al ser salas que se encuentran en el mismo lugar de entrada. Se sabe poco de ellos, no hay datos sobre cuántas personas están encerradas y cuál es la media del internamiento hasta que son devueltos a su país de origen.

Estos lugares se encuentran en tela de juicio por sus graves insuficiencias señaladas en los últimos años por el Defensor del Pueblo, la Fiscalía, los Juzgados de control y las ONG, y por los testimonios acerca de las condiciones en la que viven las personas internas. Es importante que prestemos atención y entendamos la realidad de las personas que viven privadas de sus derechos en estos establecimientos. Los muros de los Centros de Extranjeros no deben ser un impedimento para ello.

Leire Arteach

CETI

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